Emisión e impresión de resguardos
Podrá imprimir los resguardos correspondientes a las retenciones de los impuestos: IVA, IRPF e IRAE; en el entorno del décimo día hábil del mes siguiente al de la fecha de emisión de la factura.
Además, podrá obtener Informe sobre retenciones realizadas de la tasa de URSEA.
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