Los suscritores conectados a la red de distribución de baja tensión están autorizados a instalar generación de origen renovable eólica, solar, biomasa o mini hidráulica (Primer párrafo del Art 1° del Decreto del Poder Ejecutivo Nº 173/10 del 1/6/2010).
La potencia nominal de la instalación de microgeneración (IMG) deberá ser menor o igual a la Potencia Contratada (PC) por el suscriptor en el suministro.
La generación estimada de energía eléctrica anual de la IMG deberá ser menor o igual al consumo anual de energía eléctrica del suscriptor.
Resolución Ministerial - Modificaciones al régimen jurídico de la Microgeneración
Condiciones a cumplir por las instalaciones de microgeneración
| Tensión nominal (V) | Potencia Autorizada máxima de IMG (kW) |
|---|---|
| 230 Trifásicas | 100 |
| 400 Trifásicas | 150 |
Trámite
Los interesados en conectar una IMG deberán realizar una consulta, en cualquier Oficina Comercial, indicando Número de cuenta del suministro donde se conectará, potencia y fuente de la instalación, a efectos de obtener la conformidad de UTE y los costos asociados a la conexión de la IMG.
De continuar con el trámite deberá presentar el formulario de Solicitud de Instalaciones de Microgeneración completo, con el respaldo de una Firma y Técnico Instalador Categoría A o B, conjuntamente con diagrama unifilar, planos de la instalación, datos técnicos de los equipos para su aprobación y Declaración Jurada de Cumplimiento con la Resolución Ministerial del 12 de mayo de 2017.
Posteriormente avanzando en el trámite hasta su conexión se irán firmando los siguientes documentos: Declaración Jurada de cumplimiento con Requisitos Técnicos, DAR, Convenio de Conexión, Solicitud de Habilitación para Entrar en Servicio, Contrato de Compra de Energía y Acta de Habilitación para entrar en Servicio.
Importante:
Según resolución del MIEM del 8 de abril de 2026, todos los trámites para conectar generación y/o acumulación en paralelo a la red de UTE bajo cualquier modalidad, deben tener su respectivo registro/autorización ante DNE/MIEM según corresponda.
El registro se realiza en el sitio: Registro de Generación en Suscritor | Trámites.
A partir de esta fecha deberán presentarnos el comprobante correspondiente conjuntamente con el resto de la documentación para realizar los trámites.
Las personas jurídicas que estén interesadas en suscribir contratos con UTE asociados a la inyección de energía, deben cumplir con los siguientes requisitos excluyentes, previo a la firma del contrato con UTE como Microgeneradores:
De no cumplirse con los requisitos antes mencionados no podrán firmar contratos con UTE como Microgeneradores.
Se agrega el link a la página de ARCE (Agencia Reguladora de Compras Estatales) para ampliación de información:
https://www.gub.uy/agencia-reguladora-compras-estatales/
Requisitos generales y particulares a cumplir por las instalaciones de microgeneración.
Requisitos Particulares que Deben Cumplir Instalaciones y Equipos de Microgeneración.
Documentos a firmar
Formulario de Solicitud de Instalaciones de Microgeneración.
Declaración Jurada de Cumplimiento con los Requisitos Técnicos de la Instalación de Microgeneración
Documento de Asunción de Responsabilidad para Microgeneradores.
Solicitud de Habilitación para Entrar en Servicio - Instalación de Microgeneración.
Contrato de Compra de Energía Eléctrica a Microgeneradores.
Acta de Habilitación para Entrar en Servicio - Instalación de Microgeneración.
Consultas
Email: microgeneracion@ute.com.uy
Aquí puede consultar cualquier Comprobante Fiscal Electrónico de UTE, ingresando los datos solicitados en el siguiente formulario.
¿En qué consiste?
Consiste en un descuento mensual del 15% en la factura de UTE del gasto total del consumo de energía, potencia contratada y cargo fijo (sin IVA) para el período noviembre 2017 – marzo 2018
. ¿Quiénes pueden acceder al descuento?
Pueden acceder todos los suministros identificados con usos eléctricos de riego con fines productivos y cuyo permiso de riego esté vigente.
¿Cómo se solicita el descuento?
Para solicitar el descuento se debe enviar un correo electrónico al Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca (MGAP), Dirección de Recursos Naturales, a la casilla de correo dsatec@mgap.gub.uy
El correo electrónico debe tener la siguiente información:
• Asunto: Bonificaciones Tarifas UTE
• Cuerpo: debe tener completa la siguiente información:
* Nombre representante (en caso de persona jurídica)
* Teléfono
* Correo Electrónico
* Titular Proyecto de Riego
* No. de Resolución
* Vigencia del Permiso
* Acuerdo de Servicio de UTE*
* Departamento
* Padrón obra hidráulica
*El número de Acuerdo de Servicio lo encuentra en la factura de UTE.
Para tener en cuenta
Los permisos de riego deben estar vigentes al momento de realizar la solicitud.
Consultas
Las consultas referidas a los aspectos del riego deberán dirigirse al MGAP por los siguientes medios:
• Enviando un correo electrónico a dsatec@mgap.gub.uy
• Llamando a los teléfonos 2305 2778 y 2309 6008 interno 139.
Las consultas referidas a la bonificación de UTE deberán dirigirse por los siguientes medios:
• Enviando un correo electrónico a comercial@ute.com.uy.
• Llamando gratis a Telegestiones UTE, al 0800 1930 desde un teléfono fijo o al *1930 desde cualquier celular