En la presente reglamentación figuran las tensiones de 220 V y 380 V como valores nominales para la red de BT, valores vigentes en el momento en que fue elaborada.
A partir de enero de 2004 entró en vigencia el Reglamento de Calidad del Servicio de Distribución, aprobado por la URSEA, donde se establecen los valores para esos niveles de tensión en 230 V y 400 V. Estos valores serán tenidos en cuenta en la reglamentación que actualmente se encuentra en elaboración en el ámbito URSEA.
Se publicó el capítulo XXX, que regula las instalaciones para la carga de Vehículos Eléctricos.
Información Adicional
REGLAMENTO DE BAJA TENSIÓN - Protecciones contra contactos directos e indirectos
PROTECCIONES: disposiciones reglamentarias
CARTA AGOSTO 2002 - Cambio de Versión